Réditos de un censo
El cabildo de la iglesia parroquial de San Adrián contra Alfonso Ordoñez, alcaide, Juan Diaz de Rada, baile, y otros, jurados del Estado de hidalgos de Andosilla, sobre pago de los réditos de un censo de 53 escudos de oro viejos de a 11 reales castellanos cada uno (6-11-1609) COMENTARIO: El asunto contemplado en este proceso, fechado el 6 de noviembre de 1609, es el censo, figura jurídica de amplia tradición procesal. Por definición, el censo es un contrato por el que una persona adquiere el derecho a percibir una pensión o renta anual por la entrega que hace a otra de una prestación fundamental a perpetuidad o por un período muy largo de tiempo, quedando el pago de la pensión asegurado por la vinculación de unos bienes inmuebles o raíces del censatario. Censatario: persona que paga los réditos de un censo; censualista: el que percibe los réditos de un censo. Las personas que aparecen como demandadas son los representantes de la autoridad de la época, formada por e